El Gobierno prohíbe los desplazamientos en coche con acompañante

Tampoco se podrá compartir coche para ir a trabajar

Desde que entró en vigor el Real Decreto 463/2020 por el que se aprobaba el estado de alarma en España para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el coronavirus, el Gobierno ha ido tomando medidas adicionales sobre la libertad de movimientos de la población con el objetivo de prevenir y frenar los contagios. La más reciente ha entrado en vigor este miércoles y prohíbe la mayoría de los desplazamientos con acompañante. Desde este momento, el conductor será el único autorizado para ir en el vehículo salvo casos excepcionales.

Al cierre de fronteras terrestres se une ahora una orden que establece que la circulación de la población debe realizarse de manera individual, salvo que se acompañe a personas con discapacidad, menores, personas mayores o exista otra causa debidamente justificada.

Esta modificación pretende dejar más claro los términos incluidos en el decreto que limita las actividades y la libertad de circulación. De ese modo, salvo los casos expuestos y hasta que dure el estado de alarma, estarán prohibidos los viajes con más de una persona en un vehículo particular.

El incumplimiento de estas leyes será sancionable con una cuantía que oscila entre los 300 y los 1000 euros.

¿Se puede compartir coche para ir a trabajar?

Entre las salidas autorizadas, el decreto incluye los desplazamientos al lugar de trabajo y el retorno al lugar de residencia habitual. Desde la entrada en vigor de esta medida se ha generado confusión en torno a si está permitido compartir coche para ir al trabajo. La Guardia Civil ha aclarado que todas las actividades permitidas deben hacerse de manera individual, en coche o a pie, a menos que exista una causa debidamente justificada.

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